A la hora de contratar el seguro de moto o cualquier otro seguro en general nos fijamos en el nombre de la aseguradora o del corredor y como mucho atenderemos a si es extranjera o nacional. Pero la realidad es que hay otros elementos que también debemos valorar, como la situación legal de la entidad.
- Diferencias por su estructura
- Diferencias por el modelo de comercialización
- Diferencias en las gestiones
Existen diferentes tipos de aseguradoras dependiendo de su configuración societaria, modelo de negocio y nacionalidad. Dentro de estas últimas se puede distinguir entre las nacionales y las extranjeras, que a su vez se subdividen entre las que tienen un establecimiento permanente y las que no, que operan en régimen de Libre Prestación de Servicios o LPS.
En cualquier caso, toda aseguradora que trabaje en España debe figurar como entidad autorizada sea nacional o extranjera. El registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) te permitirá averiguar si la compañía que buscas lo está o no. Partiendo de esa base, hay pequeñas diferencias entre las LPS y las aseguradoras establecidas en España que merece la pena conocer.
Diferencias de estructura
Las aseguradoras extranjeras en Libre Prestación de Servicios se caracterizan por mantener una estructura mínima que le permita atender los siniestros, tramitar los partes y mantener la relación con los corredores de seguros y mediadores encargados de la comercialización de sus productos.
Las aseguradoras nacionales y las que están en establecimiento permanente tienden a contar con una estructura más grande. El motivo es que en su caso suelen querer generar imagen de marca y además al estar sujetas a convenios, necesitan recursos para cumplir con ellos. Por su parte las LPS sólo necesitan una estructura básica y crear una red de distribución con acuerdos entre corredores.
Aseguradoras nacionales y en establecimiento permanente
- Cuenta con oficinas propias de distribución y acuerdos con corredores y agentes de seguros
- Cuenta con servicios de atención al cliente propios
- Cuenta con peritos en nómina
- Cuenta con grúas en nómina contratadas y acuerdos preferenciales con servicios de grúas
Aseguradoras extranjeras en LPS
- Cuenta con una estructura básica que suele incluir una o dos personas para atender los partes y siniestros.
- Sólo cuenta con un domicilio en España y no tienen por qué tener oficinas propias.
- Cuenta con acuerdos con corredores
- No cuenta con red propia de peritos, ni de grúas ni de talleres.
Diferencias en el modelo de comercialización
Existen diferentes tipos de aseguradoras en función de su modelo comercial: las tradicionales y las de directo. Las primeras se distinguen por tener oficinas propias, una red de sucursales y acuerdos con corredores y mediadores de seguros, mientras que las segundas venden directamente al cliente, sin intermediarios.
Las grandes compañías cubren los dos mundos, bien con su propia marca o con otras enseñas, como por ejemplo hace Mapfre con Verti.
Por su parte las aseguradoras extranjeras LPS se encuadran dentro de las tradicionales, solo que no cuentan con una red propia de oficinas, sino que trabajan a través de corredores de seguros. Para que lo entiendas mejor, lo que una LPS hace es ofrecer a varios corredores el producto a cambio de una comisión y que sean éstos quienes lleven a cabo la labor comercial. Aquí puedes ampliar información al respecto
Diferencias en la gestión
En principio, el sistema está creado para que no existan diferencias en la relación del asegurado con la compañía. Esto quiere decir que la tramitación de siniestros, partes y cualquier otra incidencia debería ser la misma con una LPS y con cualquier otro seguro. Precisamente para eso se obliga a estas entidades a contar con un representante con domicilio en España que atenderá las reclamaciones y se encargará de los trámites en el ámbito de los seguro de coche y moto. Para otros seguros, las reclamaciones se enviarán al domicilio de la aseguradora en su país de origen.
En este sentido, los trámites a seguir en la gestión serán los mismos independientemente de que estés ante una aseguradora nacional, una extranjera con sucursal y establecimiento permanente o una LPS. De hecho, lo que suele ocurrir en el caso de las aseguradoras en Libre Prestación de Servicios es que no hay trato directo, sino que cualquier gestión se realiza a través del corredor, que es quien comercializa el producto como ya hemos visto.
Lo que sí puede pasar es que la LPS sea algo más lenta en la resolución de conflictos y esto se debe principalmente a tres aspectos:
- No cuenta con estructura. No tener peritos en nómina puede retrasar la resolución de los partes de siniestro y lo mismo puede ocurrir con la grúa. Lo mismo ocurre con el personal encargado de tramitación, que al ser limitad puede tardar algo más en atender las peticiones.
- Es más meticulosa con las reclamaciones. Este tipo de compañías pueden ser más escrupulosas a la hora de abonar un siniestro ya que para ellas el establecimiento en el país es una operación financiera y todo desembolso repercute contra la cuenta de resultados. El hecho de no tener que preocuparse tanto por generar imagen de marca ayuda a poder ser más estrictos en este punto.
Desde este año 2016 todas las aseguradoras, incluidas las LPS, deben estar adscritas a convenio para cumplir con la normativa europea. Esto quiere decir que ya siguen los mismos procesos que el resto de compañías aseguradora según lo que marca CICOS. Además, en el caso de que se produzca un siniestro con dos vehículos, se acudirá a CIDE para los casos en los que se haya firmado un parte amistoso de accidente –aquí te explicamos cómo se hace– y a ASCIDE para los casos en los que cada asegurado opte por dar parte a su compañía y coincidan las versiones.
Esto hará que se agilicen los trámites para la resolución de incidencias cuando tengas contratado tu seguro con una LPS.
Aunque no haya diferencias en las gestiones, la póliza que firmes con una LPS debe reflejar claramente el Estado en el que se encuentra su sede social, pero también la autoridad encargada de su control, la legislación aplicable y la dirección del domicilio social o sucursal.