Para poder disfrutar de tu pasión motera necesitarás tener los papeles en regla. En España hay varios tipos de carnet de moto que te darán acceso a diferentes máquinas. Te descubrimos cómo funciona.
Tipos de Carnet de Moto
A la hora de hacerte con una nueva moto –o decidirte a comprar tu primera máquina-, quizá te surjan dudas sobre las clases de carnet de moto que existen y cuál tienes que tener para poder llevarla.
En esta página te explicamos los distintos tipos de carnet de moto que existen en España, y cómo conseguirlos.
Carnet | Edad mínima | Puedes conducir |
---|---|---|
AM | 15 para obtenerlo | Ciclomotores de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos ligeros. CÓMO CONSEGUIR ESTE CARNET |
A1 | 16 | Motos de hasta 125cc, 11Kw (15cv) y relación potencia/peso no superior a 0,1 Kw/Kg. Triciclos de hasta 15kw (20cv). CÓMO CONSEGUIR ESTE CARNET |
A2 | 18 | Motos de hasta 48 CV o motos limitadas que en su versión libre no sobrepasen los 96 CV. CÓMO CONSEGUIR ESTE CARNET |
A | 20 | Todo tipo de motocicletas, triciclos y cuadriciclos. Para llevar vehículos de más de dos ruedas, es necesario haber cumplido los 21. CÓMO CONSEGUIR ESTE CARNET |
B | 18 para obtenerlo (21 para poder llevar moto) | Motos hasta 125cc, triciclos de motor de 15kW (20cv) , vehículos de 3 ruedas y Quads. Debes haber obtenido el carnet de coche al menos hace 3 años. CÓMO CONSEGUIR ESTE CARNET |
Para más detalles, aquí tienes el BOE sobre el reglamento con la definición de los tipos de carnet de moto.
Carnet de moto extranjeros
¿Y si no tienes el carnet español? ¿Qué tipo de carnet de moto puedes conseguir entonces? La legislación española acepta carnets expedidos en otros países. Por defecto, son válidos los carnet de moto de los países miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, que incluye también a Liechtenstein, Noruega e Islandia.
Además, la UE y la legislación española considera que también son válidos los de otros países, siempre que cumplan con estas condiciones (citamos textualmente):
- Los nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.
- Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial del mismo.
- Los internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el Anexo 10 de la Convención de Ginebra, o de acuerdo con el modelo de Anexo E de la Convención Internacional de París, si se trata de naciones adheridas a este Convenio que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.
- Los reconocidos en particulares convenios internacionales en los que España sea parte y en las condiciones que se indiquen en los mismos.
En cualquier caso, los tipos de carnet de moto que tengas del extranjero deberán cumplir con los requisitos básicos exigibles por el carnet nacional. Es decir, si tienes 18 años no podrás conducir una moto de carnet A por más que en el país de origen sí pudieses. En esto se mantiene la normativa española.
Además, la validez del carnet extranjero será de seis meses. Una vez superado el medio año desde que te hayas establecido en España el permiso carecerá de validez y deberás obtener el permiso español superando las pruebas que sean necesarias y que puedes comprobar en los enlaces superiores.
La excepción la marcan los países con los que España tenga firmado un convenio y con los que es posible canjear el permiso por uno Español equivalente. La lista de países es larga y está compuesta por los siguientes estados: Argelia, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Macedonia, Marruecos, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.