Si has vendido o has comprado una moto ya matriculada, recuerda que debes efectuar el cambio de titularidad de la moto en el Registro de la Dirección General de Tráfico. En el último caso, recuerda que también necesitarás un nuevo seguro. En menos 60 segundos puedes tenerlo o ver cuánto te costará.
En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer.
Da igual si eres el comprador o el vendedor, es importante cambiar la moto en el registro para evitar problemas con los que te contamos en este otro post.
Si vendes tu moto recuerda siempre los siguientes consejos:
- Nunca entregues la moto sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas). Si es una compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas la moto: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad. Descarga aquí tu modelo de contrato de compra-venta.
- Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre. Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (impreso para el trámite de notificación de venta aquí).
Es importante que te asegures de que el comprador ha realizado el cambio de titularidad de la moto o que lo notifiques tú mismo a la Dirección General de Tráfico (DGT) porque de otra forma la moto seguirá siendo tuya a efectos de multas y accidentes de tráfico.
Si has comprado una moto:
Debes inscribir ésta a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico para realizar el cambio de titularidad de la moto para que conste como que es tuya..
- Si has adquirido la moto en un concesionario, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre. En otras palabras, se encargarán de todos los trámites, aunque pagarás por ellos dentro del propio precio de la moto.
- Si has adquirido la moto a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite).
A continuación debes efectuar los siguientes pasos:
- Abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620) que es como el IVA que pagarías por una moto nueva. Es importante que lo tengas en cuenta al calcular el valor final de la moto. Aquí puedes calcularlo de forma sencilla.
- Dirígete a cualquiera de estas tres Jefaturas de Tráfico: la de tu domicilio, la del domicilio del vendedor o la de la provincia de matriculación del vehículo. Recuerda que es recomendable solicitar cita previa.
- Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación) Impreso de Solicitud del Cambio de Titularidad Aquí. El importante asciende a 53,4 euros salvo para ciclomotores, que es de 26,7 euros y no se admite el pago en metálico del mismo.
Si heredas la moto
¿Y si en lugar de comprar o vender la moto la has heredado? En ese caso también tendrás que proceder al cambio de titularidad de la moto. Lo que ocurre es los trámites son algo diferentes, ya que existe una primera transmisión provisional de la moto y después una definitiva. En cualquiera de los casos, los trámites deberán efectuarse en un plazo de 90 días desde el fallecimiento del titular.
Transmisión provisional de la moto
Se realizará en un plazo de 90 días y deberá realizarla la persona que tenga la custodia provisional de la moto comunicándoselo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal. El impreso que tendrá que presentar es el mismo que en el apartado anterior, y también las tasas. Además, deberá aportar su propio documento de identidad y el certificado de defunción del titular o libro de familia que incluya el fallecimiento.
También es necesario incluir un documento que acredite la posesión de la moto y el permiso de circulación, ITV o Ficha Técnica del vehículo.
Este trámite permitirá trasmitir la moto hasta la adjudicación de la herencia.
Transmisión definitiva de la moto
Como propietario definitivo de la moto deberás volver a solicitar el cambio de titularidad en un plazo de 90 días desde que se te acredite como adjudicatario.
Para ello deberás completar cuatro sencillos pasos:
- Presentar la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (dependiendo del grado de consanguinidad estarás exento).
- Declaración de herederos o testamento en el que se indique la adjudicación de la moto.
- Impreso del cambio de titularidad del vehículo (en el anterior punto tienes el enlace para descargarlo)
- Pagar la correspondiente tasa, que de nuevo será de 53,4 euros con carácter general y de 26,7 para los ciclomotores.
Para evitar tener que pagar dos veces la tasa, puedes realizar el cambio de titularidad con la adjudicación de la herencia, que suele ser lo más habitual.
Recuerda que necesitarás un nuevo seguro para tu moto y que lo ideal es que sepas cuánto te va a costar antes incluso comprarla o aceptarla como herencia. ¿Tienes un minuto? Calcula aquí el precio de tu seguro de moto.