Si tienes una moto tendrás que pagar impuestos. Seguro que ya estás familiarizado con la mayoría de ellos como el Impuesto de Circulación o el de Matriculación, pero estos no son los únicos tributos relacionados con tu moto. Al comprarla también pagarás IVA si es nueva y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si es de segunda mano. ¿Y la declaración de la renta?
Tu moto también puede tener repercusiones en el IRPF, pero sólo en el momento de la venta. Y es que al cumplir con Hacienda tendrás que incluirla en el apartado de pérdidas y ganancias patrimoniales, que forman parte de las rentas del ahorro. Este apartado de la declaración de la renta es donde se consignan las ganancias que has obtenido por tus inversiones en bolsa, fondos de inversión e incluso depósitos, pero también los beneficios al vender una casa, por ejemplo. Sin embargo, donde hay posibilidad de beneficio también la puede haber de pérdida. Así es como funcionaría en cada caso.
Venta de la moto con pérdida
Este es el caso más habitual salvo que te dediques de forma profesional a la compra-venta de motos de segunda mano. Si compraste tu moto por 10.000 euros y la vendiste por 8.000 euros, Hacienda entiende que no ha habido ganancia patrimonial y por lo tanto no tendrás que pagar en la declaración de la renta ya que sólo se tributa por los beneficios, nunca por las pérdidas.
Lo que tampoco podrás hacer es compensar ese dinero que has perdido con las ganancias que hayas tenido durante ese año y los cuatro siguientes. Esto ocurre por que Hacienda entiende que la pérdida de valor tiene que ver con el paso del tiempo y la depreciación del activo y que por lo tanto no existe pérdida patrimonial a efectos del IRPF.
Esto no ocurre con otros activos, como por ejemplo fondos de inversión o una vivienda. Y es que si has perdido dinero con tus inversiones pero vendes tu casa y ganas dinero podrás restar a ese beneficio los 2.000 euros que perdiste en bolsa, por ejemplo.
Venta de la moto con ganancia
No suele ser lo normal, pero puede ocurrir en el caso de vehículos históricos, por ejemplo. En este caso sí que tendrías que pagar al hacer la declaración de la renta. Para ello tendrías que incluir ese beneficio en el apartado de Ganancias Patrimoniales, donde se sumará al resto de inversiones con ganancias. A esa cantidad se restarán las pérdidas y la suma resultante será por la que pagues impuestos.
De esta forma, si compraste tu moto por 3.000 euros y la conseguiste vender por 5.000 euros, habrías obtenido una ganancia de 2.000 euros por las que tendrás que pagar en el IRPF.
¿Cuántos impuestos pagarás? Las rentas del ahorro se dividen en tres tramos que cambian con la reforma fiscal. Estos son los de se aplicaron en 2014 -recuerda que en 2014 haces la renta de 2014-. 2015 y los definitivos que se aplicarán a partir de 2016.
Renta 2014
Ganancias | Tipo de interés |
Hasta 6.000 euros | 21% |
Desde 6.000 hasta 24.000 euros | 25% |
A partir de 24.000 euros | 27% |
Renta 2015
Ganancias | Tipo de interés |
Hasta 6.000 euros | 19,5% |
Desde 6.000 hasta 50.000 euros | 21,5% |
A partir de 50.000 euros | 23,5% |
Renta 2016
Ganancias | Tipo de interés |
Hasta 6.000 euros | 19% |
Desde 6.000 hasta 50.000 euros | 21% |
A partir de 50.000 euros | 23% |
Cómo se calcula si hay ganancia o pérdida
Para saber si has ganado o perdido con la venta de tu moto debes enfrentar el valor de compra al de venta. El valor de compra debe incluir lo que has pagado junto con los gastos e impuestos, mientras que el de venta, se tomará la mayor cifra entre el valor real de la venta o el valor de mercado de la moto.