La lucha contra la contaminación medioambiental se recrudece en Madrid con la creación de Madrid Central. La nueva área de acceso restringido se amplía más allá de Gran Vía. Te contamos todo lo que tienes que saber al respecto si quieres ir en coche al centro de Madrid o si vas en moto.
En este artículo vas a encontrar
- Qué es Madrid Central
- ¿Qué área comprende Madrid Central?
- En qué consisten las restricciones de Madrid Central
- ¿Qué vehículos podrán acceder a Madrid Central?
- ¿Puedo entrar con un coche de empresa?
- ¿Qué pasa si no estoy empadronado en Madrid Centro?
- ¿Cuándo empieza a funcionar Madrid Central?
- Alternativas para acceder a Madrid Central
- Sanciones por acceder a Madrid Central sin distintivo
Qué es Madrid Central
Madrid Central supone la ampliación del Área de Prioridad Residencial (APR) a todos los barrios del centro de la capital, incluida la Gran Vía.
Madrid Central forma parte del Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático presentado por la capital para poder cumplir con los estándares europeos de contaminación. Se trata de un área de 472 hectáreas con prioridad residencial donde se favorecerá la movilidad peatonal y ciclista además del transporte público. En pocas palabras, un área en la que sólo serán bienvenidos unos pocos vehículos.
¿Qué área comprende Madrid Central?
El perímetro de Madrid Central comprende 472 hectáreas que incluyen zonas que ya son ahora mismo de prioridad residencial como Letras, Cortes, Embajadores y Ópera. Además se sumarán los barrios de Justicia y Universidad.
El perímetro de Madrid Central estará delimitado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.
El siguiente mapa ilustra el área de Madrid Central y la zona en la que no podrán entrar los coches más contaminantes.
Las calles coloreadas en azul incluyen las excepciones. La circulación en estas calles estará abierta a todo el público al no existir una alternativa viable en términos de tráfico. Son las siguientes:
- Calle Santa Cruz de Marcenado, entre Serrano Jover y Mártires de Alcalá
- Calle Mártires de Alcalá, entre Santa Cruz de Marcenado y Alberto Aguilera
- Calle Ventura Rodríguez, de calle Princesa a calle Duque de Liria
- Calle Duque de Liria, de ventura Rodríguez a Princesa
- Avenida Gran Vía de San Francisco, Calle Bailén, Calle Algeciras, Cuesta Ramón
En qué consisten las restricciones de Madrid Central
Madrid Central limita el tipo de vehículo que puede acceder al centro por parte de no residentes. En otras palabras, habrá determinados coches y motos que no podrán pasar libremente a las calles restringidas por el perímetro si no son residentes.
También se eliminarán las actuales vías de libre circulación, a excepción de las que puedes ver en el mapa de Madrid Central. Esta medida permitirá, según explican desde el Ayuntamiento, eliminar el tráfico de paso, que supone un 20% del total.
Como norma general, sólo podrán acceder y circular libremente por Madrid Central los vehículos de las personas empadronados y los menos contaminantes, que serán quienes acrediten la etiqueta ambiental CEO y ECO. El resto de vehículos privados sólo podrán hacerlo si cuentan con un garaje o tienen una invitación de residente.
Como puedes ver, lo que cuenta para poder entrar es el tipo de vehículo y lo contaminante que sea. La forma de determinarlo son las etiquetas de la DGT.
¿Qué son las etiquetas de la DGT y de qué tipo hay?
El distintivo ambiental es clave para poder entrar en Madrid Central y depende de la clasificación de vehículos de la DGT. Y es que la Dirección General de Tráfico cuenta con etiquetas para identificar los vehículos según lo contaminantes que sean.
Las primeras en aparecer fueron las etiquetas medioambientales de coches, pero este año también se pusieron en circulación las etiquetas medioambientales para motos.
¿Qué vehículos podrán acceder a Madrid Central?
Podrán circular libremente por Madrid Central los siguientes vehículos:
Coches y motos de los residentes y de sus invitados
Si eres residente empadronado en la zona podrás seguir aparcando como hasta ahora. Además, podrás invitar hasta a 20 coches al mes a acceder a Madrid Central sin ningún tipo de restricción. Es decir, tus amigos podrán visitarte aunque su coche no tenga la etiqueta medioambiental hasta 2020. A partir de entonces deberán contar con la preceptiva etiqueta medioambiental o no podrán entrar.
Eso sí, sólo podrás acceder con un coche a tu nombre o en usufructo. En este sentido, si usas un vehículo de renting, de sustitución o de empresa, deberás acreditarlo previamente.
Además, a partir de 2025 los coches de los residentes también tendrán que contar con la etiqueta medioambiental para poder entrar.
El resto de coches
Los coches de los no residentes sólo podrán acceder si tienen la etiqueta CERO o Eco o la etiqueta B y C si van a aparcar en un garaje privado o en un parking público.
Vehículos de personas con movilidad reducida
Las personas con movilidad reducida podrán seguir entrando en Madrid Central hasta 2025 sin necesidad de etiqueta. A partir de entonces sólo podrán entrar sin etiqueta los coches que además estén adaptados.
Motocicletas y ciclomotores
Como en el caso de los coches, las personas empadronadas con moto podrán seguir aparcando sin problemas en Madrid Centro. Eso sí, en caso de cambiar de moto deberán hacerlo por una con una etiqueta B en el peor de los casos. A partir de 2025 será necesario contar con la etiqueta o que la moto esté matriculada como un vehículo histórico.
Si no estás empadronado también podrás acceder a Madrid Central, aunque hay un horario dependiendo de la calificación de la moto. Es el siguiente:
- Motos con etiqueta de la DGT B y C. Podrán aparcar y circular de 07:00 a 22:00 horas.
- Motos con etiqueta ECO y CERO. Podrán circular y aparcar sin restricciones.
Como puedes ver, las motos tienen ventajas frente a los coches a la hora de circular por el centro. Si estás pensando en dar el salto, en este artículo puedes ver las mejores motos para novatos.
Taxis y VTC
Los taxis y los VTC que tengan origen o destino en la zona sólo podrán acceder si cuentan con la etiqueta medioambiental. Además, desde 2025 sólo podrán acceder si se trata de vehículos ECO o CERO.
Vehículos de Carsharing
El carsharing está de moda en Madrid precisamente por su facilidad para acceder al centro y aparcar en las zonas SER sin tener que sacar ticket. La nueva normativa les afecta porque se les aplicará la norma general. Su ventaja es que ahora mismo la mayoría de compañías de carsharing usa ya vehículos eléctricos y, por lo tanto, podrían estacionar en la zona. Aquí puedes ver una comparativa de carsharing en Madrid.
Con el motosharing es todavía más sencillo. Y es que todas las empresas del sector usan vehículos eléctricos. En este enlace puedes ver los servicios de motosharing de Madrid.
Titulares de plazas de garaje
Los titulares con plazas de garajes particulares y parking público. En este caso da igual de quien sea el coche y de si tiene o no pegatina ambiental. A partir de 2020 sí se exigirá llevar este distintivo.
Como dueño de una plaza de garaje será necesario acreditar la propiedad de la plaza y qué coche se va a usar. En caso de cambiar de coche o moto se podrá hacer un cambio de matrícula al día.
¿Puedo entrar con un coche de empresa?
Los vehículos de empresa podrán entrar en Madrid Central siempre que se incluyan dentro de uno de los siguientes grupos.
- Vehículos ligeros: grupo 20, grupo 24, grupo 30, grupo 31 y grupo 05.
- Vehículos pesados: grupo 21, grupo 22, grupo 25 y grupo 26.
Además, dependiendo de su etiqueta medioambiental podrán circular sólo a determinadas horas del día.
¿Qué pasa si no estoy empadronado en Madrid Centro?
Si no estás empadronado se te aplicará la normativa general. A saber, sólo podrás acceder en vehículos con etiquetas ECO o CERO o con la B y C si vas a un garaje.
¿Cuándo empieza a funcionar Madrid Central?
El perímetro de Madrid Central ya está visible en las calles, pero el dispositivo no se pondrá en marcha hasta noviembre y se dividirá en dos fases.
A partir de noviembre el control será manual e informativo. Es decir, no mediará multa o infracción. En la segunda fase las cámaras de tráfico se encargarán de controlar el acceso y seguirá sin haber multa o denuncia durante un plazo de dos meses. Sí que se enviarán cartas de aviso si accedes sin permiso, para que los ciudadanos sean conscientes del control.
Alternativas para acceder a Madrid Central
La nueva normativa cambia las reglas de juego para poder circular por el centro de la capital. Si quieres hacerlo y no quieres cambiar de coche las mejores opciones se resumen en el transporte público o en el carsharing.
Sanciones por acceder a Madrid Central sin distintivo
¿Qué pasa si entro en Madrid Central cuando no debería hacerlo? A partir de noviembre un agente te informará y en febrero de 2019 empezarán a imponerse sanciones. La sanción por acceder a Madrid Central y el resto de APR es de 90 euros con una reducción del 50% por pronto pago.