Tipos de multas: por qué te pueden multar y cuánto tendrás que pagar

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La entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico en 2001 se distinguen tres modalidades de sanciones y a cada una su correspondiente cuantía económica. Desde 2010 el dinero de cada multa es fijo, salvo en el caso de la multas por exceso de velocidad, donde dependerá de la velocidad máxima y la velocidad a la que circulases.

Quien conduce está expuesto a que le multen. En ocasiones la multa tendrá que ver con una imprudencia propia y en otras simplemente con esas pequeñas infracciones que quien más y quien menos cometemos a diario.

La ley prevé diferentes sanciones en función de la infracción y es mejor que las conozcas para saber a lo que expones.

Tres tipos de multas

La entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico en 2001 se distinguen tres modalidades de sanciones y a cada una su correspondiente cuantía económica. Desde 2010 el dinero de cada multa es fijo, salvo en el caso de la multas por exceso de velocidad, donde dependerá de la velocidad máxima y la velocidad a la que circulases.

 

Tipos de multas de tráfico

 

Éstos son los tres tipos de multas vigentes: 

  • Infracciones leves Leves – Multa de 100 euros pero no pérdida de puntos
  • Infracciones Graves – Multa de 200 euros y pérdida de puntos. En este apartado encontramos clásicos como adelantar de forma ilegal, circular sin el alumbrado reglamentario, usar auriculares, saltarse un semáforo o un stop e incluso no identificar al conductor responsable de una infracción.
  • Infracciones Muy Graves – 500 euros y retirada de seis puntos. Aquí hablamos de conducción temeraria, circular en sentido contrario o hacerlo a más de un 50% por encima de la velocidad permitida si, por ejemplo, pilotas a 80 km/h por ciudad, donde el límite son 50 km/h.

La DGT contempla sanciones adicionales si considera que los 500 euros de la infracción muy grave no son suficientes. Son multas de tráfico excepcionales y reservadas para casos extremos.

Estos son tres ejemplos de infracciones que superan los tres tipos de multas  iniciales.

  • Conducir bajo los efectos del alcohol: la multa inicial será de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet, pero esta cantidad será mayor en caso de reincidencia. Si vuelves a dar positivo montado en tu moto en menos de un año o cuando lo hagas con una tasa superior al doble de la permitida, la multa será de 1.000 euros y la retirada de por lo menos 6 puntos del carnet.
  • Conducir bajo el efecto de las drogas: si das positivo en el control antidrogas a los mandos de tu moto tendrás que pagar 1.000 euros y perderás seis puntos del carnet.
  • Utilizar inhibidores de radar: si tienes instalado estos dispositivos o cualquier otro que pueda afectar a los sistemas de vigilancia de tráfico, tendrás que pagar hasta 6.000 euros de multa y perderás 6 puntos del carnet.
  • Conducir sin carnet o con el carnet retirado. En este caso la cuantía de la multa de tráfico seguirá siendo de 500 euros, pero además se trata de un delito penal que como tal puede conllevar la cárcel. En concreto, el artículo 384 del Código Penal prevé penas de prisión de tres a seis meses o multa de doce a 24 meses (hasta 288.000 a efectos prácticos) o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días para estos supuestos y el de conducir sin haber obtenido la licencia. En caso de iniciarse el proceso penal, la vía administrativa, la que reclama los 500 euros, se detendría y no se activaría si se produce una sentencia condenatoria.
  • Conducir sin seguro. Conducir sin seguro te acarreará una multa de entre 601 y 3.005 euros dependiendo de las circunstancias. Además, las autoridades inmobilizarán la moto entre uno y tres meses en función de si es la primera vez que circula sin estar debidamente asegurada con el seguro obligatorio a terceros –aquí puedes ver cuál es y aquí calcular el precio en menos de 60 segundos-.

multas y sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol

Desde la entrada en vigor del carnet por puntos, además de la sanción económica cada infracción lleva aparejada la pérdida de puntos. Si te quedas sin los 12 puntos del carnet deberás asistir a un curso de reciclaje y formación para recuperarlos, además de esperar un periodo de seis meses para volver a conducir. Por fortuna, también puedes recargar tu carnet según vayas quedándote sin puntos.

Estas son algunas de las sanciones más comunes establecidas por la ley en base a los puntos del carnet que perderás

3 puntos

  • Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas.
  • Utilizar detectores de radares.
  • Usar el móvil al volante in un sistema adecuado, programar el navegador, usar auriculares o cualquier dispositivo que disminuya la atención.
  • No usar el casco o el resto de elementos de seguridad.

4 puntos

  • Conducir con exceso de alcohol con una tasa superior a 0,25 mg/l en el caso de profesionales y personas con menos de dos años de carnet.
  • Conducir sin la clase de permiso necesario -recuerda que además se trata de un delito-.
  • Conducir con el permiso suspendido o sin carnet -recuerda que además se trata de un delito-.
  • Tirar a la carretera cualquier objeto que pueda producir incendios, accidentes o simplemente obstaculizar la circulación.
  • No respetar la prioridad de paso en las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo.
    Conducir marcha atrás en carretera o autopista.
  • No respetar las señales de los agentes de tráfico.
  • No respetar la distancia de seguridad.

6 puntos

  • Conducir con exceso de alcohol con una tasa superior a 0,5 mg/l en el caso de profesionales y personas con menos de dos años de carnet.
  • Conducir bajo el efecto de las drogas.
  • No someterse a las pruebas de alcoholemia o de detección de drogas.
  • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • Superar en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
  • Modificar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
  • Realizar adelantamientos indebidos.
  • Adelantar a ciclistas de forma incorrecta entorpeciendo su avance o poniéndolos en peligro.

¿Cómo saber si te han multado?

En ocasiones estará claro que te han multado, pero en otras no. El mejor ejemplo son las sanciones por exceso de velocidad que ponen los radares de la DGT. ¿Cómo puedes averiguar si tienes alguna multa pendiente?

La DGT dispone del llamado sistema TESTRA o al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico en el que se puede consultar si hay alguna sanción pendiente. Lo que ocurre es que no todas las administraciones están dadas de alta en el TESTRA, por lo que siempre es útil usar los buscadores de internet para cerciorarse.

En este sentido hay aplicaiones específicamente diseñadas para hacer esta búsqueda como MisMultas, Infomultas y Buscamultas.

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