Si el límite está en 120 kilómetros por hora no pasa nada por ir a 140 Km/h por el radar no te va a multar. Esta ha sido uno de los mantras de muchos conductores durante muchos años que debería cambiar. Por un lado, los límites de velocidad están para cumplirlos y por otro, la DGT va introducir cambios en el funcionamiento de su radares y su nivel de tolerancia.
Las medidas de la DGT para combatir los accidentes de tráfico incluyen la unificación del umbral de tolerancia de todos los radares en España y mejorar la información sobre los mismos haciendo pública la ubicación de los radares móviles a través de su página web como ya se hace con los radares fijos.
El umbral de tolerancia de los radares
El umbral de tolerancia de los radares es como el margen de seguridad de estos dispositivos. Es el momento a partir del que saltarán y te pondrán una multa.
Los nuevos umbrales de tolerancia tienen el número siete como protagonista. Y es que se permitirá un margen de 7 km/h cuando la velocidad sea inferior a 100 km/h. Una vez superado este límite, se cambia la cifra fija por un porcentaje, que será del 7% sobre la velocidad en ese momento.
La siguiente tabla resume cuándo saltará el cinemómetro del radar en función del límite de velocidad:
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Límite velocidad en km/h | 30 | 40 | 50 | 60 | 70 | 80 | 90 | 100 | 110 | 120 |
Tolerancia | 38 | 48 | 58 | 68 | 78 | 88 | 98 | 109 | 120 | 131 |
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Y esto es lo que dice la propia DGT al respecto y la forma en la que realiza los cálculos:
Estos umbrales de tolerancia no se aplicarán en el País Vasco y Cataluña, que por ahora han optado por mantener su propio margen, todavía más restrictivo que en el resto del país. En el caso vasco el umbral que se aplica es del 5% sobre la velocidad máxima de la vía.
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Los tipos de radares de la DGT
En España operan cuatro tipos de radares: fijos, móviles, de tramo y aéreos. Como es lógico, los primeros son los más habituales, por ser también los más económicos.
Los radares fijos
Son los más habituales y pueden estar más o menos camuflados. Funcionan sin necesidad de operador y desde la DGT explican cómo actúa el de microondas.
Radares móviles
Estos radares son cinemómetros con operador y lo que les diferencia de los radares fijos es que pueden funcionar tanto en movimiento como en parado. Suelen estar en los coches de la Guardia Civil, tanto en los oficiales como en los camuflados y su funcionamiento básico no deja de ser similar al del radar fijo.
Radares de tramo
Son en cierto sentido los que mejor se ajustan a la labor de controlar la velocidad. Los radares de tramo miden el momento de entrada y salida de un vehículo en un recorrido concreto y determinan así la velocidad media a la que ha circulado por el mismo y se se ha atenido a los límites de velocidad.
Radares aéreos
También llamados radares Pegasus, están instalados en los helicópteros de la DGT y van poniendo multas desde el aire.
Súper-radares
Todavía no son una realidad, pero serán los siguientes en llegar. Pueden encuadrarse en los apartados de radares fijos o móviles, pero desde la DGT hablan ya de una nueva categoría. En concreto, se barajan tres nuevas alternativas:
- Alice o Autonomous Lidar Concept Enforcement. Se trata de un radar muy espectacular que puede trasladarse como si fuese un remolque y cuya principal novedad es que puede controlar varios carriles de forma simultánea y enviar imagen en tiempo real.
- Mesta Fusión. También puede controlar varios carriles a la vez, en concreto, ocho en ambos sentidos. Esto le permite sancionar a 32 infractores al mismo tiempo. Además de la velocidad, también puede controlar si se pisa la línea continua, se realizan adelantamientos ilegales, se respeta la distancia de seguridad e incluso si llevas una luz del coche fundida.
- Radares Stop. Son radares situados en los stop y pasos de petaones. Controlan la velocidad y graban al posible infractor en caso de no detenerse en la señal de stop o de no ceder el paso a los peatones.
Estos radares todavía no están, pero sí se les esperar.
Multas por exceso de velocidad
Si te pasas de velocidad en carretera la DGT puede multarte y además retirarte parte de los puntos de tu carnet. El siguiente cuadro resume la cuantía de la multa en función de la velocidad de tu moto y el límite de la carretera:
En este sentido, recuerda que cada tipo de carretera tiene sus propios límites de seguridad y que desde el 29 de 2019 no se puede superar los 90 km/h en ninguna carretera secundaria. Y es que se ha rebajado de 100 km/h a 90 km/h el límite para las carreteras secundarias con arcenes anchos.
Si tienes la mala suerte de recibir una multa recuerda que tu seguro de moto puede ayudarte si has contratado la cobertura de defensa jurídica y gestión de multas. Y si no la tienes ¡comprueba cuánto te costaría añadirla!