Sabemos que el tomador, propietario o conductor de un seguro de moto no está cubierto por la Responsabilidad Civil en un accidente provocado por él mismo. Los asegurados son los terceros.
¿Siempre?
Como quizá sepas, la cobertura de Responsabilidad Civil (también conocida como “a Terceros”, obligatoria para todos los conductores) nunca cubre daños propios del conductor causante del accidente. Para que así sea, se ha de contratar un seguro que incluya la garantía de Accidentes del Conductor.
Lo que quizá no sepas es que, para evitar prácticas picarescas que se han dado en el pasado, se ha determinado por Ley que el seguro de Responsabilidad Civil tampoco cubra los daños a bienes (los daños materiales) del propietario/conductor/tomador, pero tampoco de su cónyuge o de sus familiares cercanos (hasta el tercer grado de consanguineidad o afinidad).
Por supuesto, los daños físicos sí están cubiertos. Ejemplo: si tu padre se hace daño en un accidente provocado por ti, los gastos médicos están cubiertos, pero si se da el caso de que tu quad destroce el coche de tu padre, por ejemplo, lo tendrás difícil.
Distancia de seguridad
¿Cómo evitar este inconveniente? Básicamente, teniendo extrema precaución a la hora de llevar tu moto cerca de los vehículos de familiares (típico caso: moto compartiendo garaje con el coche de tu padre). Una medida que puede parecer extraña pero que resulta práctica es, a la hora de viajar en caravana (o en “convoy”) junto a los vehículos de familiares, dejes una distancia de algunos coches intermedios “ajenos”, en lugar de ir pegados.