Seguro de moto obligatorio

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Todos los vehículos a motor deben contar con un seguro en vigor, por lo que debes tener un seguro de moto obligatorio, al menos a terceros.

Puede que tengas una moto en el pueblo, o en la playa, que ya no funcione y te preguntes si debes asegurarla. La respuesta es sí, el seguro de moto obligatorio por ley hace que tengas que asegurar cualquier moto, aunque no lo muevas, aunque ni siquiera pueda moverse porque esté averiada o siniestrada. En este artículo te contaremos todo lo que debes saber sobre el seguro de moto obligatorio.

Seguro de moto obligatorio

El seguro para cualquier vehículo a motor es obligatorio, lo marca la ley. Da igual que no muevas nunca la moto del garaje, ni que la utilices cuatro días en verano para ir a la playa o al pueblo. La ley es muy clara y dice que todos los vehículos a motor en España deben tener un seguro en vigor, incluso aunque estén parados y no se muevan nunca (o ni siquiera se pueden mover).

Por lo tanto, la respuesta es que sí, es obligatorio tener asegurada una moto que no circula ya que cualquier vehículo a motor tiene obligación legal de estar asegurado circule o no. Y ojo, tómatelo en serio porque si no lo haces, podría caerte una multa de 601 hasta los 3.005 euros.

Además, aunque esté aparcada y no se mueva nunca, la moto podría sufrir un cortocircuito y provocar un incendio en el garaje o en el lugar donde esté aparcada. En ese caso, el seguro obligatorio se hará cargo.

Hay una excepción: dar de baja la moto en tráfico

Existe una excepción para los seguros, incluso para la moto que está parada y no circula: que la moto esté dada de baja en tráfico. Si la moto está dada de baja en tráfico (aunque sea de modo temporal) no se aplica la regla del seguro de moto obligatorio, no tendrás que tenerla asegurada. Para darla de baja, tienes que hacer la gestión ante la Jefatura Provincial de Tráfico, llevar toda la documentación de la moto y además debe de tener la última ITV pasada y aportarles el justificante de la ITV.

Si después de un tiempo quieres volver a circular con esa moto, tendrás que tramitar el alta con tráfico y pasar de nuevo la ITV si ha caducado, contratando un nuevo seguro. El seguro de moto obligatorio vuelve a ser la norma que debes cumplir.

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Hay una paradoja en todo esto,  aunque la moto que no circula esté dada de baja en tráfico, sigue pudiendo sufrir el cortocircuito y generar el incendio. Sin embargo, como acabamos de ver, si la moto no circula y está aparcada en un garaje y está dada de baja no tiene que tener seguro de moto obligatorio, mientras que si está dada de alta, sí necesita tener seguro. Eso sí, si está dada de baja, genera un incendio y no tienes seguro, tendrás que hacerte cargo tú de todos los posibles daños causados.

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