Circular fuera de la Red Nacional de Carreteras, que se considera falta leve, puede conllevar multas de entre 100 y 1.000 euros.
La circulación off road es posible en función del tipo de vehículo a dos ruedas que se lleve (convencional, enduro, trial o de cross). De esta manera, las motos ordinarias, las del primer grupo, son para las carreteras, pero también pueden usarse en caminos de paso y pistas en los que no exista prohibición expresa para hacerlo.
En cuanto a las motos de campo, al contar con diferentes características, su utilización no está permitida en todas las vías o zonas. En otras palabras, tu moto de trial puede no ser apta para
Diferentes motos de campo
Así, las de cross y trial son para circuitos cerrados, debidamente delimitados y vallados. Al estar su uso restringido a estas zonas perimetradas, no necesitan estar homologadas para las carreteras convencionales o los caminos. De ahí la ausencia de matrícula, luces, retrovisores o limitadores de ruido.
En cuanto a las motos enduro o todo terreno, éstas sí son aptas para circuitos abiertos, caminos y carreteras al uso.
¿Se puede circular por el monte?
Conocidos los tipos de motos, con carácter general, la Ley de Montes no permite “el tránsito o la permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido, o incumpliendo las condiciones que al respecto se establezcan, así como la circulación con vehículos a motor atravesando terrenos fuera de carreteras, caminos, pistas o cualquier infraestructura utilizable a tal fin, excepto cuando haya sido expresamente autorizada”.
El artículo 54 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus posteriores modificaciones también establece que, en ningún caso podrá limitarse la circulación en las servidumbres de paso para la gestión agroforestal ni tampoco para las labores de vigilancia y de extinción de incendios de las Administraciones Públicas competentes. En otras palabras, que sólo bajo circunstancias muy concretas es posible rodar por caminos forestales y montes.
En este sentido, el párrafo k del artículo 67 de la misma ley recoge como infracción «el tránsito o la permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido, o incumpliendo las condiciones que al respecto se establezcan, así como la circulación con vehículos a motor atravesando terrenos fuera de carreteras, caminos, pistas o cualquier infraestructura utilizable a tal fin, excepto cuando haya sido expresamente autorizada».
Sanciones por pilotar por el monte
En caso de no respetar esa prohibición en los lugares así fijada al circular fuera de la Red Nacional de Carreteras, hecho que tiene consideración de falta leve, puede haber multas de entre 100 y 1.000 euros en función de las circunstancias de la infracción cometida.
Serán faltas leves las infracciones que no causen daños al monte o cuyo coste de reposición sea inferior a 10.000 euros o la reparación no sea superior a seis meses.
[sc name=»segurodesdefinal» ]
Cada comunidad, un mundo
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la realidad es muy variada, puesto que en la citada norma legal se añade que “las comunidades autónomas definirán las condiciones en que se permite la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin”. La traducción es que cada comunidad autónoma puede legislar a su gusto y, de hecho, así lo hacen buena parte de ellas.
Así, a modo de ejemplo, en Andalucía se prohíbe la circulación de vehículos a motor campo a través, por vías pecuarias y cauces secos o inundados y, en general fuera de las vías previstas para dichos vehículos. Podrán circular por el resto de caminos a una velocidad máxima de 40 kilómetros por hora. En Aragón está permitida la circulación de los vehículos a motor por los montes, salvo en los caminos en los que esté expresamente prohibido, siempre a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora. Lo que sí se prohíbe es la circulación campo a través.
El riesgo de incendios
La prohibición de tránsito no afecta, como ya se ha señalado, a los servicios de lucha contra incendios. Precisamente por riesgo de deflagración, eso sí, existe la posibilidad de restringir temporalmente la circulación de vehículos por una determinada pista o camino forestales, lo cual será comunicado por las autoridades y señalizado debidamente en los lugares afectados.
¿Necesitas un seguro especial?
La realidad es que las motos de campo tienen varias particularidades. Y es que muchos pilotos sólo las utilizan para rodar en circuitos de motocross y apenas sí pisan la carretera. En este sentido, si vas a circular en circuito necesitas un seguro especial de accidentes en circuito, porque tu póliza al uso no te va a cubrir en estos casos. En este enlace puedes comparar y encontrar el que mejor se ajuste para ti.
Además de este seguro, seguirás necesitando un seguro de moto obligatorio, tanto si tienes pensado usar la moto en carretera como si solo la quieres para el circuito. Dependiendo de cuál sea tu opción necesitarás más o menos coberturas para tu póliza de moto de cambio. Aquí puedes calcular tu precio en menos de 60 segundos.
Entradas relacionadas
[related_pages max=»3″ template=»one_fourth» effect=»none» hide=»summary,button-1,author»]
[/related_pages]
[sc name=»articulos_relacionados»]
[/section]